Gestión Tributaria en Panamá

¿Qué es la Gestión Tributaria en Panamá?

GESTIÓN TRIBUTARIA EN PANAMÁ

La Gestión Tributaria en Panamá es la Asesoría Inicial para conocer el Estado Contable de su empresa. Este es el punto de partida para luego verificar cuáles son las Obligaciones Fiscales de su negocio. Posteriormente, cuando cuente con toda la documentación necesaria, nuestro contador procederá con la Preparación y Presentación de la Declaración de Renta.

Nuestra firma de Contadores Públicos Autorizados en Panamá le ofrece los siguientes servicios de Gestión Tributaria:

  • Cálculo, preparación y control de impuestos: Declaración de Renta Jurada.
  • Cálculo y Presentación de Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios ITBMS.
  • Informe de Presentación de la Lista de empleados y sueldos devengados. Formulario Planilla 03.
  • Informe de Compra.
  • Asesoramiento en la implementación y actualización de la facturación electrónica.

¿Qué es el Contrato de Donación por Traspaso de Bien Inmueble en Panamá?

En Panamá, el Contrato de Donación está regulado en el Código Civil, definiéndolo como un acto jurídico unilateral por el cual una persona efectúa o realiza una prestación en favor de otra, sin esperar una contraprestación correlativa a cambio. Por su parte, la Ley No. 106 de 1974, modificada por la Ley No. 6 de 2005, regula el impuesto por donación de un bien inmueble en Panamá.

En efecto, el título VI del Código Civil reconoce las donaciones entre vivos. El artículo 939 del Código Civil define la donación como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuita e irrevocablemente de una cosa en favor de otra que la acepta”.

¿Qué es el Impuesto de Donación por Traspaso de Bien Inmueble en Panamá?

El artículo 66 de la Ley No. 6 de 2005, que modifica el artículo 2 de la Ley No. 106 de 1974, establece que no causarán impuesto las transferencias a título de donaciones, siempre que la transferencia sea entre parientes dentro del primer grado de consanguinidad (es decir de padres a hijos) y entre cónyuges.

Podemos observar entonces que la Ley No 6 de 2005 exonera el 2% del impuesto de transferencia de bienes inmuebles (ITBI) a las donaciones realizadas entre vivos y dirigido entre familiares o cónyuges.

Requisitos para obtener la Exoneración del Impuesto por Donación Inmobiliaria en Panamá

La entidad encargada de conceder esta exoneración es la Dirección General de Ingresos (DGI). La DGI establece los siguientes requisitos para solicitar la exoneración del impuesto por donación de bien inmueble:

  • Llenar el formulario de donación dado por la DGI (llenado a computadora).
  • Certificado de Registro Público de la Finca o Fincas que serán donadas.
  • Certificado de nacimiento de cada hijo (cuando sea donación de padres a hijos) con 3 balboas en timbres en cada certificado.
  • Certificado de matrimonio (cuando sea entre cónyuges; si son extranjeros, deben inscribir matrimonio en Registro Civil de Panamá) con 3 balboas en timbres en cada certificado.
  • Copia de cédula vigente del donante y de los donatarios (si son mayores de edad).
  • Facilitar teléfono residencial o de oficina donde usted pueda ser localizado, para cuando esté listo el trámite.